DNM_para_web-2023PDLG.gif

Residencia Temporal establecida por la Ley N° 6984/2022 de Migraciones

     Es la autorización que otorga la Dirección Nacional de Migraciones por un plazo determinado a los extranjeros que ingresen al país con ánimo de establecerse para desarrollar una actividad lícita, bajo las condiciones que establezca la Ley N° 6984/22 de Migraciones y su reglamentación.

PLAZO DE VALIDEZ DEL CARNET:  De hasta 2 (dos) años, prorrogables por igual período. La residencia temporal será requisito previo al otorgamiento de la Residencia Permanente. 

BENEFICIOS: • Obtención del estatus de "residente precario" mientras dure el trámite de la Residencia Temporal ante la Dirección Nacional de Migraciones (dicho estatus lo habilita a salir y reingresar del país, estudiar y trabajar por el período de duración de la misma).

Acceso a la Cédula de Identidad Paraguaya, expedida por el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional, con el mismo periodo de validez de su Residencia Temporal.

Descargar Requisitos

REQUISITOS GENERALES
1)

Original + una copia autenticada del Documento de Identidad del país de origen, vigente:

• Opción 1: Cédula de Identidad vigente.

• Opción 2: Documento Nacional de Identidad vigente.

• Opción 3: Pasaporte vigente.

2) Original + una copia autenticada de la Visa Consular y su verificación por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en los casos que se requiera.
3)

Original + una copia autenticada de la Constancia de ingreso al país (otorgada en el Puesto de Control Migratorio de la Dirección Nacional de Migraciones):

• Opción 1: Boleta migratoria sellada de ingreso al país.

• Opción 2: Sello de ingreso al país en el pasaporte.

4) Original + una copia autenticada del Certificado de Nacimiento, expedido por la autoridad competente en el país de emisor, visado y legalizado o apostillado.
5)

Original + una copia autenticada del Certificado de Estado Civil, expedido por la autoridad competente en el país emisor, visado y legalizado o apostillado, si corresponde.

Opción 1 – Estado Civil “Casado/a”: Certificado de Matrimonio.

Opción 2 – Estado Civil “Divorciado/a”: Sentencia de Divorcio.

Opción 3 – Estado Civil “Viudo/a”: Certificado de Defunción del cónyuge.

6)

Original + una copia autenticada del Certificado de Antecedentes Penales o Policiales vigente, visado y legalizado o apostillado (Requerido a partir de los 14 años de edad):

• Opción 1 – Si su residencia fue en su país de origen: Certificado de Antecedentes del país de origen, expedido por la autoridad competente del país emisor, con vigencia a nivel nacional o federal.

• Opción 2 – Si residió en otro país durante los últimos 3 (tres) años: Certificado de Antecedentes del país de residencia, expedido por la autoridad competente del país emisor, con vigencia a nivel nacional o federal y; documento que acredite que el interesado residió en dicho país durante los últimos 3 (tres) años.

• Opción 3 – Si reside en Paraguay desde hace más de 3 (tres) años: Información Sumaria de Testigos, expedida por el Poder Judicial del Paraguay, con la aclaración de que el solicitante vive y reside desde hace más de 3 (tres) años en el país y; Certificado de Antecedentes de INTERPOL vigente, expedido en el Departamento de INTERPOL de la Policía Nacional del Paraguay.

7) Original + una copia autenticada del Certificado de Antecedentes expedido por INTERPOL (Requerido a partir de los 14 años de edad).
8) Original + una copia autenticada del Certificado de Antecedentes para Extranjeros, expedido por el Departamento de Informática de la Policía Nacional (Requerido a partir de los 14 años de edad).
9) Declaración Jurada ante la Dirección Nacional de Migraciones de compromiso de cumplimiento y respeto a la Constitución Nacional, las leyes y demás disposiciones normativas que rigen en el territorio nacional (expedida por el sistema informático de la DNM al dar ingreso a la solicitud de residencia).
10) Declaración Jurada ante la Dirección Nacional de Migraciones de su profesión, actividad u oficio que desarrollará en el país y del domicilio fijado en el territorio nacional (expedida por el sistema informático de la DNM al dar ingreso a la solicitud de residencia).

 

REQUISITOS ADICIONALES PARA SOLICITANTES MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD
11)

Original + una copia autenticada del Documento de Identidad vigente de los padres o tutores legales.

• Opción 1: Cédula de Identidad vigente.

• Opción 2: Documento Nacional de Identidad vigente.

• Opción 3: Pasaporte vigente.

12)

En caso de ausencia de uno o ambos padres, adjuntar; Original + una copia autenticada del Poder especial, emitido por una Escribanía Pública en el país de origen del documento, con el cual se autoriza el viaje del menor y la tramitación de sus documentaciones ante la Dirección Nacional de Migraciones con el acompañamiento del padre o tutor designado para el efecto.

  *El poder especial debe estar firmado por el o los padres ausentes.                                                                                                                                                                *Si el Poder Especial fue emitido en el exterior, debe estar visado y legalizado o apostillado.                                                                                                                              *El tutor debe estar radicado en el país o ser de nacionalidad paraguaya. 

13) Original + una copia autenticada del Certificado de Nacimiento, a fin de determinar parentesco.
PAGO DEL ARANCEL CORRESPONDIENTE
Residencia Temporal (incluida la Residencia Precaria y cambio de categoría).                    Gs. 2.577.275
Multa (Art. 87) Por vencimiento del plazo de estadía transitoria para el cual fue autorizado.                       Gs. 618.546
Certificado de Radicación.                       Gs. 206.182

 

OBSERVACIONES

• Todos los documentos en idioma extranjero deberán estar traducidos al español por un traductor público matriculado en la República del Paraguay o por un traductor público extranjero habilitado por la autoridad competente del país donde presta su servicio; en este último supuesto, la versión traducida del documento de origen extranjero deberá estar apostillada o legalizada por las vías correspondientes. Los documentos en idioma portugués emitidos por la República Federativa del Brasil están exceptuados de traducción en consideración a lo estipulado.

• Los documentos emitidos en el exterior deberán estar legalizados o certificados por el método de Apostilla (apostillados).

• La legalización de documentos extranjeros se tramita en el Consulado Paraguayo en el país de origen y, posteriormente, en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Paraguay.

• La certificación o legalización por el método de Apostilla es otorgada por los países miembros de la Convención de la Haya. La apostilla es emitida por la autoridad designada en el país de procedencia del documento.

• Todos los documentos extranjeros emitidos en un país firmante del Convenio de la Haya, que hayan sido certificados por el método de Apostilla, serán reconocidos por la Dirección Nacional de Migraciones sin necesidad de otro tipo de legalización.

• Los solicitantes menores de 18 años de edad deberán estar acompañados por ambos padres o tutores para la firma de la solicitud de radicación.

• Los solicitantes menores de 14 años de edad no requieren la presentación de Certificado de Antecedentes penales, judiciales o policiales.

• La Dirección Nacional de Migraciones podrá requerir cualquier otro documento adicional que considere necesario, dependiendo de cada caso en particular.

• La admisión de los documentos en las mesas de entrada de documentación de la Institución no presupone el otorgamiento de la residencia solicitada.

• El trámite es personal y presencial. El seguimiento del proceso puede realizarse de manera personal o a través de un representante legal.

• Se requiere la presentación de los documentos de identidad acompañados por copias debidamente autenticadas por Escribanía Pública, a fin de que los originales permanezcan en poder de sus titulares.