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Residencia Permanente para el cambio de categoría de residencia temporal establecida por la Ley N° 6984/2022 de Migraciones

     Es la autorización otorgada por la Dirección Nacional de Migraciones para residir indefinidamente en el territorio nacional, al extranjero que manifieste su intención o ánimo de establecerse definitivamente en el país, reuniendo las condiciones legales para su admisión por parte de la DNM en tal carácter y luego de haber cumplido el plazo de Residencia Temporal.

PLAZO PARA SOLICITAR EL CAMBIO DE CATEGORÍA: El cambio de categoría de temporaria a permanente deberá tramitarse dentro de los 90 (noventa) días anteriores al vencimiento del carnet de admisión temporaria.

    En el caso de vencimiento del carnet de Residencia Temporal se podrá tramitar el cambio de categoría a la residencia permanente hasta 30 (treinta) días posteriores al vencimiento, debiendo abonar la multa por vencimiento del plazo de estadía. Se considera la fecha de expedición del carnet como referencia para constatar el vencimiento del carnet.

PLAZO DE VALIDEZ DEL CARNET: Definitivo, debiendo renovarse el carnet cada 10 (diez) años.

BENEFICIO:  Acceso a la Cédula de Identidad Paraguaya, expedida por el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional,  con un periodo de validez de 10 (diez) años.

 

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REQUISITOS GENERALES
1)

Original + una copia autenticada del Documento de Identidad del país de origen, vigente:

• Opción 1: Cédula de Identidad vigente.

• Opción 2: Documento Nacional de Identidad vigente.

• Opción 3: Pasaporte vigente.

2) Original + una copia autenticada de la Cédula de Identidad Paraguaya vigente, o denuncia de sustracción o extravío de la misma.
3) Original + una copia autenticada del Carnet de Residencia Temporal, o denuncia de sustracción o extravío del mismo.
4)

Informe de Movimiento Migratorio, expedido por la Dirección Nacional de Migraciones, sin costo adicional.

     *Si en el informe de movimiento migratorio consta que el residente temporal no se ausentó del país por más de 1 (un) año, podrá solicitar el cambio de categoría a                 permanente.                                                                                                                                                                                                                                                            *Si en el informe de movimiento migratorio consta que el residente temporal se ausentó del país por más de 1 (un) año, no corresponderá la solicitud de cambio de                categoría, sino el de la prórroga de la residencia temporal por el mismo plazo otorgado, presentando los requisitos establecidos en el artículo 51 de la Ley N° 6984/22 y        el pago del arancel de (11) once jornales por la solicitud de prórroga (Gs. 1.183.897)

5) Original + una copia autenticada del documento que acredite fehacientemente algún cambio en su estado civil, profesión, oficio u ocupación, nombres o apellidos u otros datos personales.
6) Original + una copia autenticada del Certificado de Antecedentes para Extranjeros, expedido por el Departamento de Informática de la Policía Nacional (Requerido a partir de los 14 años de edad).
7) Original + una copia autenticada del Certificado de Antecedentes de Buena Conducta, expedido por el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional (Requerido a partir de los 14 años de edad).
8) Original + una copia autenticada del Certificado de Antecedentes Judiciales (Requerido a partir de los 14 años de edad).
9) Original + una copia autenticada del Certificado de Antecedentes expedido por INTERPOL (Requerido a partir de los 14 años de edad).
10) Documentos que acrediten Solvencia Económica. 
REQUISITOS ADICIONALES PARA SOLICITANTES MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD
11)

Original + una copia autenticada del Documento de Identidad vigente de los padres o tutores legales.

• Opción 1: Cédula de Identidad vigente.

• Opción 2: Documento Nacional de Identidad vigente.

• Opción 3: Pasaporte vigente.

    *Los solicitantes menores de 18 años de edad deberán estar acompañados por ambos padres o tutores para la firma de la solicitud de residencia.                                        *Se requiere la presentación de los documentos de identidad acompañados por copias debidamente autenticadas por Escribanía Pública, a fin de que los originales             permanezcan en poder de sus titulares.

12)

En caso de ausencia de uno o ambos padres, adjuntar; Original + una copia autenticada del Poder especial, emitido por una Escribanía Pública en el país de origen del documento, con el cual se autoriza la tramitación de sus documentaciones ante la Dirección Nacional de Migraciones con el acompañamiento del padre o tutor designado para el efecto.

  *El poder especial debe estar firmado por el o los padres ausentes.                                                                                                                                                                *Si el Poder Especial fue emitido en el exterior, debe estar visado y legalizado o apostillado.                                                                                                                              *El tutor debe estar radicado en el país o ser de nacionalidad paraguaya. 

13) Original + una copia autenticada del Certificado de Nacimiento, solo en caso de que los datos de filiación no figuren en el documento de identidad.
PAGO DEL ARANCEL CORRESPONDIENTE
Residencia Permanente (incluido cambio de categoría)                 Gs. 2.690.675
Certificado de Radicación                    Gs. 215.254

Cambio de Información. (solo si corresponde)

                   Gs. 215.254
Multa (Art. 87) Por vencimiento del plazo de estadía. (solo si corresponde)                    Gs. 645.762

 

OBSERVACIONES

• Todos los documentos en idioma extranjero deberán estar traducidos al español por un traductor público matriculado en la República del Paraguay o por un traductor público extranjero habilitado por la autoridad competente del país donde presta su servicio; en este último supuesto, la versión traducida del documento de origen extranjero deberá estar apostillada o legalizada por las vías correspondientes. Los documentos en idioma portugués emitidos por la República Federativa del Brasil están exceptuados de traducción en consideración a lo estipulado.

• Los documentos emitidos en el exterior deberán estar legalizados o certificados por el método de Apostilla (apostillados).

• La legalización de documentos extranjeros se tramita en el Consulado Paraguayo en el país de origen y, posteriormente, en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Paraguay.

• La certificación o legalización por el método de Apostilla es otorgada por los países miembros de la Convención de la Haya. La apostilla es emitida por la autoridad designada en el país de procedencia del documento.

• Todos los documentos extranjeros emitidos en un país firmante del Convenio de la Haya, que hayan sido certificados por el método de Apostilla, serán reconocidos por la Dirección Nacional de Migraciones sin necesidad de otro tipo de legalización.

• Los solicitantes menores de 14 años de edad no requieren la presentación de Certificado de Antecedentes penales, judiciales o policiales.

• Para la devolución de los documentos originales, se requiere obligatoriamente la presentación de las copias autenticadas por Escribanía Pública de los mismos.

• La Dirección Nacional de Migraciones podrá requerir cualquier otro documento adicional que considere necesario, dependiendo de cada caso en particular.

• La admisión de los documentos en las mesas de entrada de documentación de la Institución no presupone el otorgamiento de la residencia solicitada.

• El trámite es personal y presencial. El seguimiento del proceso puede realizarse de manera personal o a través de un representante legal.

• Cuando se constate cambios en los datos del extranjero que se encuentran en los registros del radicado (datos personales, domicilio, profesión), además de los aranceles ya establecidos deberá abonar el arancel correspondiente a cambio de información equivalente a (2) dos jornales ( Gs. 215.254).

• Los datos declarados de domicilio, correo electrónico y número de teléfono manifestado ante el servidor público, para ser consignados en la solicitud correspondiente, tendrán carácter de declaración jurada.

• Para los residentes que declararon como profesión "Ama de Casa" en sus residencias temporales, la Dirección Nacional de Migraciones modificará la profesión a "Dependiente" directamente y sin costo adicional, conforme a las reglamentaciones internas vigentes. Por tanto, para solicitar el cambio de categoría a la residencia permanente deberán presentar los documentos requeridos para Dependientes.

 

ANEXO: OPCIONES PARA LA DEMOSTRACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA  
             
  DEMOSTRACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA PARA PROFESIONALES
  1. Original + Una copia autenticada del Título Profesional a nivel Universitario:
    * Si fue expedido en el exterior deberá estar legalizado o certificado por apostilla.
    * Si fue expedido por instituciones educativas en Paraguay deberá estar visado por el Ministerio de Educación y Ciencias de Paraguay.
             
DEMOSTRACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA PARA TÉCNICOS
  1.  Original + Una copia autenticada del Título de tecnicatura:
    * Si fue expedido en el exterior deberá estar legalizado o certificado por apostilla.
    * Si fue expedido por instituciones educativas en Paraguay deberá estar visado por el Ministerio de Educación y Ciencias de Paraguay.
             
DEMOSTRACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA PARA EMPLEADOS
 

1. Original + una copia autenticada del Certificado o Constancia de Trabajo con certificación de firmas o, Contrato de Trabajo con certificación de firmas.             (mencionar ingreso percibido).

  2. Una copia autenticada de la Cédula de Identidad Paraguaya del empleador.
  3. Una copia autenticada de la Constancia del Registro Único del Contribuyente (RUC).
  4. En caso de sociedades; una copia autenticada de Constitución de Sociedad, inscripto en los Registros Públicos.
             
DEMOSTRACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA PARA COMERCIANTES
  Opción 1: Una copia autenticada del Registro Único del Contribuyente (RUC) y Constancia de cumplimiento tributario del interesado o;
  • Opción 2: Una copia autenticada del comprobante que acredite la compra/venta de mercaderías y Constancia de cumplimiento tributario del interesado                     o;
  Opción 3: Una copia autenticada del Balance General de la empresa, con la certificación del Contador Público y Constancia de cumplimiento tributario                      del interesado.
             
DEMOSTRACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA PARA ACCIONISTAS DE EMPRESAS
  1. Una copia autenticada de la Escritura de Constitución de Sociedad, inscripta en el registro público, donde mencione al interesado como accionista de                        la empresa y, 
  2. En caso que no se mencione al interesado en la Constitución de Sociedad; presentar también copia autenticada de libros de accionistas inscripto en                         los Registros Públicos.
             
DEMOSTRACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA PARA AGRICULTORES/GANADEROS
  Opción 1: Original + una copia autenticada del título de propiedad a nombre del interesado, inscripto en los Registros Públicos, destinado a la                             producción agrícola/ganadera y Constancia de cumplimiento tributario del interesado o;
  Opción 2: Una copia autenticada del comprobante que acredite la compra/venta o marca registrada de su producción y Constancia de cumplimiento              tributario del interesado o;
  Opción 3: Una copia autenticada del Balance General de la empresa, con la certificación del Contador Público y Constancia de cumplimiento tributario                  del interesado.
             
DEMOSTRACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA PARA RELIGIOSOS
  1. Original + una copia autenticada de la constancia del Ministerio de Educación y Ciencias de Paraguay de la inscripción de la Congregación.
  2. Original + una copia autenticada de la nota de la Congregación o entidad donde presta servicio, manifestando la función que desempeña el                             interesado, y donde la misma Congregación o entidad asuma que se hará cargo de los gastos que conlleva su estadía en el país.
             
DEMOSTRACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA PARA JUBILADOS
  1. Original + una copia autenticada de la constancia de jubilación, pensión o rentista, expedida por la Institución encargada en su país, mencionando el                monto percibido, debidamente visado y legalizado o apostillado.
             
             
DEMOSTRACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA PARA DEPENDIENTES
 

Solteros

  • Declaración Jurada de Manutención, con certificación de firmas, realizada ante Escrinanía Pública.  
  • Una Copia Autenticada del documento de identidad paraguayo o carnet de radicación permanente del radicado/a o paraguayo/a que realiza la                   manutención.
  • Documento que acredite la solvencia económica del radicado/a o paraguayo/a que realiza la manutención.
 

Casados

  • Certificado de Matrimonio, debidamente visado y legalizado o apostillado.
  • Copia Autenticada del documento de identidad paraguayo o carnet de radicación permanente del/la cónyuge.
             
DEMOSTRACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA PARA ESTUDIANTES DE NIVEL ESCOLAR BASICO (MENORES DE EDAD)
  Opción 1: Original + una copia autenticada de la constancia de estudio donde conste que el menor es estudiante regular, expedido por su escuela/                         colegio o;
  • Opción 2: Original + una copia autenticada del documento expedido por su colegio/escuela donde conste que el menor se encuentre matriculado                                 como alumno regular (pago de cuotas, pago de matriculación, libretas escolares, entre otros).
             
DEMOSTRACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS
  1. Original + una copia autenticada de la constancia o Certificado de Estudio, donde conste que el interesado es estudiante regular, expedido por la                         facultad.
  2. Copia del comprobante de pago de matricula o de cuota del último mes.