Residencia Permanente

Bajo esta categoría el extranjero ingresa al país con ánimo de radicarse en él y con el fin de desarrollar cualquier clase de actividad que las autoridades consideren útiles al desarrollo del país. El extranjero radicado en esta categoría esta obligado a obtener la Cédula de Identidad Paraguaya.Una vez admitidos, estos extranjeros podrán residir indefinidamente en el país, a menos que incurran en algunas de las causales que puedan dar lugar a la cancelación de la permanencia o a la expulsión.

REQUISITOS

1-DOCUMENTO DE IDENTIDAD VIGENTE: Pasaporte o Cédula de Identidad para los países del MERCOSUR , Bolivia y chile.
2-Certificado de Nacimiento. (*)
3-Certificado de Matrimonio, Sentencia de Divorcio y/o Defunción en su caso, para justificar el estado civil. (*)
4-Certificado de Antecedentes Penales o Policiales (desde los 14 años de edad) del país de origen o del país de Residencia de los últimos 5 años debidamente acreditada. Para ciudadanos de nacionalidad Brasileña: Certificados expedido por la Policía Federal o del Poder Judicial – Justicia Federal. Para los ciudadanos Argentinos: Certificados expedidos por la Policía Federal o Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (*) [el Certificado de antecedentes debe ser de la Justicia Federal Nacional para el caso de los Ciudadanos Brasileños]
5-Certificado de antecedentes, para extranjeros expedido por el Dpto. de Informática de la Policía Nacional (Boggiani y R.I. 2 Ytororo) desde los 14 años de edad.
6-Certificado Sanitario, expedido por médicos habilitados y visado por el Ministerio de Salud (Brasil y Manuel Domínguez), haciendo mención a la salud MENTAL, FISICA y sobre no poseer enfermedades INFECTOCONTAGIOSAS.
7-Certificado de Vida y Residencia expedido por la Comisaría Policial jurisdiccional o Juzgado de Paz, VIGENTE.
8-Constancia de su ingreso y permanencia en el país.
9-Visa Consular, para los países que requieran de la misma (verificado por el Ministerio de Relaciones Exteriores; 14 de mayo y Palma).
10-Dos fotos tipo carnet (2,5 x 2,5).
11-Título Profesional a nivel universitario (*)
12-O Contrato de Trabajo de Ejecución Diferida, mencionando el salario a percibir con hoja de Certificación de firma ante Escribano Público, Patente, R.U.C. y C.I. del empleador.
13-O Título de Propiedad destinado a la producción, con un mínimo de 10 hectáreas. (Inscripto en lo Registros Públicos de la Propiedad)
14-O Contrato de arrendamiento; C.I. del arrendatario y el Título de propierdad que arrienda
15-O Escritura de Constitución de Sociedad, (Inscripto en los Registros Públicos de comercio)
16-En todos los casos, para la Residencia Permanente, presentar una Declaración Jurada ante Escribano Público, de Cumplimiento de la Constitución Nacional y las Leyes Nacionales mencionada en el Art. 23 de la Ley de Migraciones 978/96.

OBSERVACION:

* (*): TODOS, los documentos del país de origen o de residencia en el extranjero (excepto el doc. de identidad) deberán estar VISADOS por el CONSULADO PARAGUAYO en el extranjero y LEGALIZADOS por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Asunción (14 de mayo y Palma).
* TODOS, los documentos se presentan con ORIGINALES VIGENTES, y DOS FOTOCOPIAS autenticadas por Escribano Público en hojas enteras de cada documento presentado.
* TODOS, los documentos que estén en idiomas extranjeros (excepto el portugués), deberán ser traducidos al idioma español incluyendo pasaporte por Traductor Público matriculado por la Corte Suprema de Justicia.
LOS PRESENTES REQUISITOS PODRAN SUFRIR MODIFICACIONES DENTRO DEL MARCO LEGAL

Noticias

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