La Dirección General de Migraciones informa que, mediante la Resolución DGM N° 230 de fecha 20/05/20, se modifican los requisitos solicitados para la demostración de solvencia económica de los extranjeros que apliquen a una Admisión Permanente en Paraguay, a fin de ajustar dichos requerimientos a lo dispuesto en la ley de Migraciones N° 978/96 para el efecto.
Mediante el citado documento, la DGM establece las siguientes modificaciones que se explica a continuación:
Para aplicar a una Radicación Permanente, Radicación Permanente MERCOSUR o Prórroga de Radicación Temporaria, ya no se admitirá la presentación del Contrato Laboral de Cumplimiento Diferido como demostración de solvencia económica. En adelante, este documento solo será admitido para aplicar a una Radicación Temporaria.
Los ciudadanos extranjeros amparados por el régimen del MERCOSUR que no cuenten con título profesional y que deseen aplicar a una Radicación Permanente MERCOSUR en carácter de Empleados podrán demostrar solvencia económica mediante la presentación del Certificado de Trabajo en lugar del Contrato Laboral de Cumplimiento Diferido que se admitía anteriormente, presentando conjuntamente todas las documentaciones correspondientes de la empresa contratante.
Se descarta la posibilidad de ingreso en carácter de Empleados para la solicitud de Radicación Permanente bajo la Ley N° 978/96 de Migraciones, debiendo el extranjero optar por una de las opciones de demostración de solvencia económica admitidas como válidas para este tipo de radicación (Extranjeros en general, Profesionales, Accionistas, Jubilados, etc.)
Los requisitos, aranceles y opciones de demostración de solvencia económica con sus modificaciones recientes están disponibles en el apartado de TRÁMITES del portal oficial de Migraciones www.migraciones.gov.py
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